En Chile, durante la década de 1980, específicamente con el Decreto Ley N.º 3.551 de 1980-81, se estableció un aumento del sueldo base del sector público y una “asignación especial no imponible” para los docentes dependientes del entonces Ministerio de Educación Pública de Chile.
Al mismo tiempo, se impulsó el proceso de “municipalización” de la educación pública, mediante el Decreto Ley N.º 3.166 de 1980, y otros traspasos de establecimientos del nivel central a municipalidades o corporaciones municipales.
El perjuicio consistió en que los docentes traspasados (desde el Estado central a los municipios o corporaciones municipales durante los años 1980-87) no recibieron la referida asignación especial o no se les reconoció de manera completa dicho derecho, puesto que sus nuevos empleadores (municipalidades/ corporaciones) muchas veces la desconocieron.
Esto generó una merma salarial, y efectos previsionales y patrimoniales adversos para quienes estaban en esa situación.
Desarrollo histórico del reclamo
Durante décadas los docentes afectados exigieron reparación para lo que ellos llaman la “deuda histórica”.
En 2009, una comisión investigadora de la Cámara de Diputados estimó que había alrededor de 84 000 docentes perjudicados, con una deuda estimada en “billones” de pesos chilenos.
Hubo incluso sentencias a favor de grupos de profesores ante tribunales nacionales e internacionales: por ejemplo, la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) declaró culpable al Estado de Chile por vulneraciones de derechos de docentes en este marco.
Situación más reciente: la reparación
El 31 de enero de 2025 se promulgó la ley Ley N.º 21.728 que establece un “aporte único” por concepto de reparación de la deuda histórica para los docentes que cumplan los requisitos.
Los puntos clave de esta ley:
Beneficiará a aproximadamente 57.560 docentes que cumplieron con los criterios (según el gobierno).
El monto fijado: $4.500.000 pesos chilenos (aproximadamente) por beneficiario, a pagarse en dos cuotas.
El pago será progresivo en seis períodos de pago, priorizando a quienes tengan mayor edad, comenzando los pagos en octubre 2025, segundo cuota en enero siguiente, hasta completar hacia 2031.
Para acceder al beneficio, los docentes deben presentar antecedentes que acrediten que formaron parte del proceso de traspaso de establecimientos, entre 1980 y 1987, que no hubieran recibido ya un pago por juicio, etc.
El Ministerio de Educación habilitó una plataforma (soluciondeudahistorica.mineduc.cl) para que los docentes ingresen sus antecedentes, con plazo hasta 31 de diciembre de 2026 para hacerlo.
¿Por qué se habla de “deuda histórica”?
Porque no es un perjuicio reciente o aislado: afectó a miles de docentes durante más de 40 años, sin una solución integral.
Es “histórica” porque se originó en una transformación estructural del sistema educativo (municipalización) y la normativa de la época, y sus efectos se arrastraron durante décadas.
Se habla de deuda del Estado (y de los nuevos empleadores municipales/ corporaciones) hacia esos docentes por el incumplimiento de derechos adquiridos.
Notas y matices importantes
Aunque la reparación ha sido aprobada, muchos afectados y observadores señalan que el monto no repone la totalidad del perjuicio real, por la magnitud del daño, la inflación, los años transcurridos, etc.
No todos los docentes del país están afectados: los beneficiarios deben cumplir criterios específicos (haber sido traspasados entre determinados años, no haber recibido ya compensación por vía judicial, etc.).
El proceso de pago es gradual: quienes se postulen y cumplan los requisitos más pronto, mayores probabilidades de estar en los primeros grupos. Pero el plazo para presentar antecedentes se extiende hasta 2026, y los pagos hasta 2031.
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